SALTILLO, COAH.- Las Diputadas y los Diputados de la
Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado de
Coahuila de Zaragoza, llevaron a cabo la Sesión del Primer
Período Extraordinario de Sesiones, correspondiente al Segundo
Año de Ejercicio Constitucional.
Luego de comprobarse el
quórum legal con la asistencia de la totalidad de las Diputadas
y los Diputados, el Presidente de la Mesa Directiva, Diputado
Jaime Bueno Zertuche, procedió a hacer la Declaratoria de
Apertura de este Primer Periodo Extraordinario.
Se dio lectura a la
Convocatoria expedida por la Diputación Permanente, para la
celebración este Periodo Extraordinario de Sesiones.
En esta sesión se dio
lectura, se discutieron y aprobaron por unanimidad de votos de
las Diputadas y los Diputados, los siguientes dictámenes:
1-Dictamen de la Comisión
de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, del Proyecto
de Decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidad
Patrimonial del Estado y Municipios de Coahuila de Zaragoza, la
cual tiene por objeto reconocer el derecho a la indemnización
por daños y perjuicios que se generen con motivo de la actividad
administrativa irregular de los entes públicos del Estado o de
sus municipios y establecer las bases, límites y procedimientos
para que los particulares ejerzan este derecho.
Esta Ley se expide para
dar cumplimiento a lo previsto por los Artículos 113 y 109 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a
iniciativas suscritas por el Gobernador el Estado, Miguel Ángel
Riquelme Solís y el Diputado Juan Carlos Guerra López Negrete.
Asimismo, es reglamentaria del último párrafo del Artículo 160
de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Sus disposiciones serán
aplicables, en lo conducente, para cumplimentar los fallos y
recomendaciones de los órganos de derechos humanos competentes,
aceptados por los entes públicos estatales y entes públicos
municipales, en su caso, en cuanto se refieren al pago de
indemnizaciones como reparación de daños causados a
particulares, siempre que no deban observarse otras
disposiciones.
En la exposición de
motivos, el dictamen señala que esta Ley precisa que por
actividad administrativa irregular, debe entenderse aquella que
cause daño o perjuicio a los bienes y derechos de los
particulares que no tenga la obligación jurídica de soportar, en
virtud de no existir fundamento legal o causa jurídica de
justificación para legitimar el daño o perjuicio de que se
trate, adoptando una definición armónica a la establecida por la
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos.
Esta Ley en un capítulo,
contiene los supuestos en que los entes públicos no tendrá
obligación de indemnizar, entre ellos, cuando los daños y
perjuicios causados no sean consecuencia directa de la actividad
administrativa pública irregular, o se deriven de hechos o
circunstancias que no se hubieran podido prever o evitar de
acuerdo al conocimiento científico o técnico aplicable al
momento de ocurrir el suceso o evento que generó el daño o
afectación; así como, por caso fortuito o fuerza mayor.
Establece en forma clara los casos en que no será procedente la
indemnización.
Esta Ley contiene 52
Artículos, distribuidos en 7 Capítulos y 4 Secciones, además de
las conducentes disposiciones transitorias.
2.- Dictamen de la
Comisión de Educación, Cultura y Actividades Cívicas, del
Proyecto de Decreto para declarar el año 2019, como año del
respeto y protección de los derechos humanos en el Estado de
Coahuila de Zaragoza.
Durante el año 2019, la papelería oficial incluida la
correspondencia de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y
Judicial, de los organismos públicos autónomos, de los
municipios, así como de todas sus respectivas dependencias y
entidades, deberá incluir la leyenda “2019, Año del respeto y
protección de los derechos humanos en el Estado de Coahuila de
Zaragoza”.
Concluido lo anterior, el
Presidente de la Mesa Directiva procedió a clausurar el Primer
Periodo Extraordinario de Sesiones, del Segundo Año de Ejercicio
Constitucional de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso
del Estado de Coahuila de Zaragoza.
|